Los deberes y derechos de los ciclistas se fundamentan en la necesidad de garantizar una convivencia vial segura, respetuosa y responsable entre todos los usuarios de las vías: peatones, ciclistas, conductores y pasajeros.
Los derechos permiten que los ciclistas se desplacen de manera segura y digna, mientras que los deberes contribuyen a prevenir accidentes y promover una convivencia vial basada en el respeto mutuo. El cumplimiento de ambos principios fortalece una cultura de movilidad segura y sustentable, objetivo impulsado por organismos como CONASET y Carabineros de Chile.
En general, los ciclistas tienen estrictamente prohibido transitar por las veredas, ya que son espacios exclusivos para peatones. Sin embargo, la normativa nacional (Ley de Tránsito) contempla excepciones específicas:- Menores de 14 años (siempre que no haya ciclovía).- Adultos mayores.- Personas con discapacidad.- Adultos que acompañen a un niño menor de 7 años.- Situaciones de fuerza mayor (si la calle o ciclovía está temporalmente bloqueada).Condiciones obligatorias para estas excepciones: - Se debe transitar a velocidad moderada (a paso de peatón).- El peatón siempre tiene prioridad absoluta.El incumplimiento de estas normas está tipificado como una infracción leve
"Todo ciclista tiene derechos que deben ser respetados, pero también deberes que debe cumplir para proteger su vida y la de los demás usuarios de las vías."
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